En caso de que la Sección Instructora encuentre elementos suficientes sobre la probable responsabilidad de Lucero Sánchez, la Cámara de Diputados tendría que iniciar un periodo extraordinario para continuar el proceso
Por: Diario 24 Horas / Notimex
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El secretario de la Sección Instructora de la Cámara de Diputados, Omar Ortega Álvarez, informó que el próximo viernes concluye el ofrecimiento de pruebas, para que esta instancia abra un periodo de 20 días y se lleve a cabo el desahogo de pruebas contra la diputada local panista, Lucero Sánchez López.
Dijo que el proceso del caso está en etapa de aportación de pruebas, por lo que el juicio de procedencia que se sigue contra la panista tiene sustento en el Artículo 111 de la Constitución, ya que los servidores públicos de alto nivel gozan de inmunidad.
Sostuvo que cuando existe una acusación contra esas personalidades, la Procuraduría General de la República (PGR) forzosamente debe solicitar a la Cámara de Diputados que le retire la inmunidad al servidor público para que se pueda proceder contra cualquiera.
“En los procesos de Juicio de Procedencia que se han iniciado la Cámara de Diputados en la historia contemporánea de nuestro país, tenemos contabilizados aproximadamente 16 casos, aunque no todos ellos han logrado culminar hasta la última etapa en la que la Cámara de Diputados se erige en Jurado de Procedencia para retirar la inmunidad del servidor público o legislador”, subrayó.
Recordó que dentro de los casos más relevantes que ha tenido que resolver la Sección Instructora durante la historia de la Cámara de Diputados resaltan los dictámenes que emitió para retirar la inmunidad del entonces senador Jorge Díaz Serrano, del diputado Julio César Godoy Toscano y de Oscar Espinoza Villareal.
En el caso de la diputada Sánchez López “tenemos una situación particular ya que la Constitución establece que en la Declaración de Procedencia en contra de legisladores locales es necesario que además del juicio de procedencia que se desahoga en la Cámara de Diputados, el Congreso de Sinaloa, también deberá participar y declarar en última instancia si la PGR puede proceder en contra de la parlamentaria”.
Agregó que la Cámara baja tiene un plazo de “60 días hábiles, por lo cual en caso de que la Sección Instructora encuentre elementos suficientes sobre la probable responsabilidad de la diputada por la comisión del delito de uso de documento público falso, tendría que establecerse un periodo extraordinario después de abril para que la Cámara de Diputados se erija en Jurado de Procedencia”.