La Quinta Columna
Por: Mario Alberto Mejía
En uno de los programas más recientes de “Es la hora de opinar”, el polémico Jorge G. Castañeda reveló que el Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY) había perdido la certificación de deducibilidad.
Castañeda lo dijo como si fuera una venganza del gobierno de López Obrador.
Nada que ver: desde hace algún tiempo se abrió una investigación sobre los procedimientos irregulares del CEEY en la materia.
Todo empezó cuando quien esto escribe publicó un largo reportaje en mayo de 2019.
En plena campaña electoral poblana.
Como el hipócrita lector recordará, Enrique Cárdenas Sánchez, a la sazón candidato del PAN a la gubernatura, seguía siendo el verdadero operador del Centro pese a que formalmente ya no fungía como operador.
Para recordar el citado reportaje —que ya causó efecto— dejo al lector con algunas líneas reveladoras:
“Entre los años 2008 y 2017, Enrique Cárdenas Sánchez defraudó al fisco por cantidades millonarias, cometió peculado al desviar dinero público a intereses personales, usó tramposamente una asociación civil sin fines de lucro para obtener ganancias ilícitas y pudo haber recurrido a una outsourcing en aras de cobrar dinero black. Entre 2006 y 2017 percibió ingresos por más de 24 millones de pesos, y manejó sin rendir cuentas cerca de 285 millones en efectivo durante 11 años.
“A través del Centro de Estudios Espinosa Yglesias (CEEY), subsidiado con los donativos en efectivo de las fundaciones Espinosa Rugarcía I B P y ESRU A C, el hoy candidato a la gubernatura de Puebla (por los partidos Acción Nacional, de la Revolución Democrática y Movimiento Ciudadano), y desde su carácter de director ejecutivo del organismo, diseñó un esquema de defraudación que burló el Servicio de Administración Tributaria y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
“(…) Tras cruzar la información obtenida quedó evidenciado el esquema fraudulento que movió al hoy candidato a pervertir el sentido de las asociaciones civiles sin fines de lucro para obtener ganancias millonarias.
“De entrada, se detectaron irregularidades en el cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (RLISR) abrogado en 2015, así como lo dispuesto en el RLISR vigente.
“¿Qué preceptos legales se transgredieron?
“Vea el hipócrita lector:
“El primer párrafo del artículo 110 del RLISR abrogado en 2015 y el inciso A del artículo 138 del RLISR vigente establecen que ‘los donativos y sus rendimientos deberán destinarse única y exclusivamente a los fines propios del objeto social de las donatarias. En ningún caso podrán dichas donatarias destinar más del 5 % de los donativos y, en su caso, de los rendimientos que perciban para cubrir sus gastos de administración’.
“Hay que decir que el Centro de Estudios Espinosa Yglesias vive de las aportaciones de las fundaciones señaladas anteriormente y se le considera ‘donataria autorizada’. Cárdenas Sánchez fue representante legal y director ejecutivo del CEEY de 2005 a 2017.
“Se considera como “donataria autorizada” a una organización civil o fideicomiso que cuenta con autorización por parte del SAT para recibir donativos deducibles del Impuesto Sobre la Renta.
“El solo salario del hoy candidato del PAN, PRD y MC rebasa en siete años de ejercicio el 5% de los ingresos totales del CEEY. La duda mata: ¿En qué costal metieron gastos administrativos como renta de oficinas, salarios de ejecutivos, y pago de encuestas, secretarias, auxiliares y personal de limpieza?
“Un punto llama la atención: durante tres años, Cárdenas no recibió un solo centavo de su millonario salario. Es en esta parte cuando surge la posibilidad de que haya recurrido a un esquema ilegal para cobrar su salario.
“Durante la gestión de Enrique Cárdenas Sánchez, los gastos administrativos rebasaron el 5% del total de donaciones tan sólo en el concepto “Percepciones del director ejecutivo”, contraviniendo lo establecido en el Reglamento de la Ley del Impuesto Sobre la Renta por los ejercicios fiscales 2008, 2009, 2010, 2013, 2014 y 2016. Esto demuestra el uso deliberado de las Organizaciones No Gubernamentales para el desvío de recursos en beneficio de fines económicos personales. (Véase cuadro de donaciones al CEEY).
“Los años 2011, 2012, 2015 y 2017, Cárdenas Sánchez no percibió ingresos por parte del CEEY. El fantasma del outsourcing parece recorrer las instalaciones del organismo. Y no sólo por las noches.
“Quedan evidenciados, pues, los diversos mecanismos y esquemas para evadir el cumplimiento de las obligaciones de la Donatarias Autorizadas por el SAT de acuerdo a la normatividad establecida”.
Hasta aquí la larguísima pero muy necesaria cita.
Las irregularidades detectadas, primero por quien esto escribe y después por la autoridad fiscal, fueron suficientes para que a la institución le fuera retirada la certificación de deducibilidad.
¿Duro golpe?
Mortal.