En una Legislatura marcada por los pendientes en nombramientos e iniciativas congeladas, el Congreso de la Unión fue omiso en legislar 12 normas o adecuaciones, cuyo plazo, establecido en los artículos transitorios, venció o lo hizo fuera de tiempo, incluso con algunas que fueron ordenadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), sin que se obedeciera la resolución.
En una investigación para el Instituto Mexicano por el Estado de Derecho, realizada por Anne Palacios y Nicole Diener, el Senado de la República y la Cámara de Diputados han sido omisas en legislar la reforma al Artículo 28 de la Constitución en Materia de Condonación de impuestos; la Ley General del Registro Civil, Registros Públicos, Inmobiliario y Personas morales de las Entidades Federativas y Catastros municipales; así como la reforma a la Ley Federal de Datos personales en Posesión de los Particulares.
Además, se suma otra omisión a la Ley Reglamentaria en Materia de Responsabilidad Hacendaria Aplicable a las Entidades Federativas y los Municipios; además de reformas a la Guardia Nacional y la Justicia Cotidiana.
La más antigua de estas omisiones es la de la Ley de Aguas Nacionales, en la que el Congreso no ha cumplido las sentencias que ha dictado la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
A pesar de que el 24 de octubre de 2023, el Poder Legislativo solicitó una prórroga a la Corte para cumplir la sentencia, ésta no se concedió y se ordenó que en plazo de diez días hábiles se informara en qué etapa del proceso legislativo se encontraba la expedición de esta ley; sin embargo, no hubo actualización sobre el trámite y hasta el 26 de abril no se había promovido ningún incidente de inejecución de sentencia de amparo, indica el estudio.
El 28 de diciembre de 2013 entró en vigor una adición al Artículo 73 de la Constitución y en un plazo de 180 días se debió expedir la Ley general del Registro Civil, Registros Públicos, Inmobiliario y Personas Morales de las Entidades Federativas y Catastros Municipales.
Esta omisión, según las investigadoras, ha impedido que se armonice y homologue la organización y funcionamiento de los registros civiles, registros públicos inmobiliarios y de personas morales en los estados y catastros municipales.
En los artículos transitorios de la reforma a la Constitución publicada el 7 de febrero de 2014, se estableció que el Congreso debería expedir la Ley General del Artículo 6 de la Carta Magna y reformas a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, a la Ley Federal de Datos Personales en Posesión de los Particulares, al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, entre otros ordenamientos necesarios, lo que en un plazo de un año y no ha ocurrido.
En diversas reformas la Constitución decretadas el 26 de mayo de 2015, en materia de disciplina financiera de los estados y municipios, los artículos transitorios establecen que debía expedirse la Ley Reglamentaria en Materia de Responsabilidad Hacendaria aplicable a las Entidades Federativas y los Municipios, lo cual debió hacerse en los 90 días naturales posteriores a la publicación y tampoco se concretó.
En cuanto a la Ley de la Guardia Nacional ésta se encuentra en una omisión parcial, pues sí se legisló sobre la materia y el uso de la fuerza, pero no se llevaron a cabo las reformas que concluirían las faltas legislativas.
Por esta ley se presentaron acciones de inconstitucionalidad y controversia constitucional, las cuales la SCJN consideró a la primera como procedente y parcialmente fundada, y a la segunda como parcialmente procedente, pero infundada.
Un tema que ha sido bandera del actual gobierno es la prohibición de la condonación de impuestos, por lo que a partir del 6 de marzo de 2020, en el plazo de un año, se debió armonizar el marco jurídico para adecuar esta orden, pero únicamente se ha modificado la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas, así como las leyes del ISR, IVA y Código Fiscal Federal, faltando otra adecuaciones.
Al respecto, el director asociado del Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales de la Escuela de Ciencias Sociales y Gobierno del Tecnológico de Monterrey, Gustavo López Montiel, señaló que estas omisiones impactan en la ciudadanía, porque las leyes planteaban soluciones a diversos problemas que al final quedan inconclusas.
Consideró que al no existir consecuencias para el Poder Legislativo en no atender estas omisiones los congresistas no tienen ningún incentivo para proponer reformas que les obliguen a terminar las reformas con la expedición de adecuaciones y normas.
Para el Congreso las consecuencias son mínimas (…) al final saben que no hay una consecuencia real, han aprendido los grupos parlamentarios, incluida la oposición que pueden estar en omisión y no pasa nada”, expresó.
López Montiel apuntó que para evitar estas omisiones tendría que haber una reforma a la Constitución para que se generen sanciones por el no acatamiento de sentencias.
Comentó que también tendría que revisarse el calendario de trabajo de los legisladores, pues la mayor parte de los congresos en el mundo trabajan todo el año.
El profesor explicó que los dos recesos legislativos que están vigentes en el país tienen una razón histórica que ya no es válida, pues se hacían porque los viajes de los legisladores a sus estados eran muy largos.
Por Jorge X. López