En 2023, 21 niñas y niños fueron adoptados en Puebla, quienes encontraron una segunda oportunidad para tener una vida de respeto, amor y, sobre todo, sin algún tipo de violencia, de acuerdo con datos del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).

Las autoridades trabajan para darles una nueva familia a aquellos menores que fueron retirados de sus familias biológicas, por vivir algún tipo de maltrato. Por ello, se requiere que las personas solicitantes presenten estudios toxicológicos, psicológicos y de ingresos.

De acuerdo con datos del gobierno estatal, el trámite es gratuito, además, no solo pueden realizarlo personas casadas, sino también aquellas que se encuentren en soltería.

Así puedes adoptar

Acudir de manera personal al Departamento de Adopciones, adscrito al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) del Estado de Puebla, en donde se brinda asesoría general sobre la adopción.

Se entregan por escrito los requisitos, explicando cada uno de ellos y una vez reunidos, se deben presentar al mismo departamento en los meses de recepción, que son enero, mayo, agosto y noviembre.

Lo anterior, porque así lo marca el Consejo Técnico de Adopciones; además, se agenda día y hora para su valoración psicológica y estudio socioeconómico, a manera de formar un expediente de las personas interesadas.

En Puebla, se requiere ingresar al Registro Estatal de Familias de Acogimiento Preadoptivo y/o lista de espera para poder adoptar a un menor. Lo anterior se logra a través de la obtención de un Certificado de Idoneidad, que tiene una vigencia de dos años.

Se requiere certificado

El documento que avala ser una persona o matrimonio apto es expedido por el Consejo Técnico de Adopciones, que recibe el expediente con los requisitos seleccionados y las valoraciones hechas.

Los requisitos para obtener el Certificado de Idoneidad se encuentran estipulados en el artículo 33 del Reglamento de la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Puebla.

Entre ellos, un escrito de exposición de motivos, acreditación de tener 25 años cumplidos (al momento de la asignación deberá existir una diferencia de por lo menos diecisiete años con la niña, niño o adolescente).

Otros requisitos

  • Copia certificada de las identificaciones oficiales, actas de nacimiento, acta de matrimonio correspondiente, o en su caso el documento que acredite una relación de pareja, y dos cartas de recomendación.
  • Certificado médico de los solicitantes y de los familiares que vivan en el mismo domicilio, exámenes toxicológicos, constancia laboral, comprobante de domicilio y carta de antecedentes no penales.
  • Si es asignada una niña, niño y/o adolescente por el Consejo Técnico de Adopciones, se presentan a sus nuevas familias y realizan convivencias en las casas de asistencia y domiciliarias.
  • En caso de que tanto las y los menores de edad y las o los padres sientan que son ideales para formar una familia, da inicio el juicio de adopción ante el Juzgado de lo Familiar que corresponda.
  • Después de que se obtiene la sentencia, se realiza el registro del acta de nacimiento y se procede a la baja del acta primera, con un costo es cubierto por la familia adoptante en el Juzgado del Registro Civil.
  • Seis meses después se llevan a cabo seguimientos post adopción, en los que se programan visitas cada seis meses durante tres años.

Tipos de adopciones

  • Adopción Interna: Adopción de una o un menor de edad o adolescente que se encuentra en custodia del Sistema Estatal DIF.
  • Adopción Externa: Adopción que se da entre particulares, de un o una menor de edad o adolescente que no se encuentra en custodia del Sistema Estatal DIF.
  • Adopción Internacional: Adopción promovida por ciudadanos de otro país que busca incorporar en una familia a una niña o niño o adolescente en custodia del Sistema Estatal DIF.

Por: PAOLA MACUITL GALLARDO

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