Hay vacíos legales en la ley electoral que impiden la aplicación de sanciones por la pinta de bardas que para algunos son considerados actos anticipados de campaña, afirmó la presidenta del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), Idamis Pastor. 

Bentancourt señaló que el Código Electoral de Instituciones y Procedimientos Electorales de Puebla (COIPEP) no contempla específicamente estas acciones.

“Derivado de las sentencias que ha emitido la Sala Superior sí existen vacíos legales y deberían de considerarlos desde otra perspectiva. Existen los criterios de Sala Superior y son en los que nos basamos nosotros. Mientras no esté cerca del proceso electoral pueden manifestarse”.

En este sentido la funcionaria electoral indicó que la pinta de bardas no están consideradas como actos anticipados de campaña porque actualmente no está celebrándose ningún proceso electoral.

De cualquier forma estimó que los actores políticos deben considerar actuar dentro del marco de la ley y evitar incurrir en violaciones a la ley electoral aprovechando este vacío legal existente.